Non terrae plus ultra (No existe tierra más allá)
- 1. La jurisdicción de cada usuario no va más allá de su región. Los foreros solo están autorizados a decidir los acontecimientos y características de la región que han creado, sin interferir en las de los demás usuarios.
- 2. Si un usuario desea intervenir en la historia, características, etc. de una región ajena, deberá consultarlo primero con el dueño de la región afectada y todos los pasos que se den deberán ser de mutuo acuerdo.
- 3. Los habitantes de una región son "propiedad" exclusiva del dueño de dicha región por lo que nadie ajeno puede decidir el destino de los citados habitantes.
- 4. Aquellos ciudadanos de una región que quieran residir en otra región deberán ser primero aceptados por la región de destino (su dueño). Una vez allí se seguirá aplicando el apartado tercero de esta norma con la salvedad de que cualquier cosa relevante que les suceda deberá ser decisión tanto del dueño de la región de origen como del dueño de la región de destino.
- 5. Se recomienda guardar a las dos (o más) partes todos los mensajes privados en los que se comenta el tema con el fin de poder justificar posibles reclamaciones.